|
1. El número de días trabajados no puede ser mayor a 360 días. |
2. El valor total correspondiente a salarios percibidos en el año 2021. |
3. Decimatercera Remuneración del año 2021 (El periodo del 1 de diciembre de 2017 al 30 de noviembre de 2021). |
4. Decimacuarta Remuneración del año 2021 (El periodo para la sierra y oriente del 1 de Agosto de 2021 al 31 de Julio
de 2021 y el periodo para la costa y región insular del 1 de Marzo de 2017 al 28 de Febrero de 2021.) |
5. Fondos de Reserva percibidos en el año 2021. |
6. El pago de participación de Utilidades del ejercicio fiscal 2017, percibidas por el trabajador en el año 2021. |
7. Comisiones Variables percibidas por el trabajador en el año 2021. |
8. Beneficios Adicionales pagados en efectivo por el empleador al trabajador en el año 2021. |
9. Si una persona tiene un contrato de jornada parcial permanente, se deberá especificar las horas semanales
del Trabajo estipuladas en el contrato, y marcar con una x en la columna respectiva. |